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El 1 de noviembre de 2004, la Sala de Apelaciones del Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia resolvió un recurso sobre los abogados asignados a Slobodan Milošević. La decisión confirmó la asignación de letrados, pero revocó las modalidades que limitaban su intervención personal en el juicio.

La controversia se había agudizado por los problemas de salud del acusado y las interrupciones del proceso. En septiembre, la Sala de Primera Instancia le había impuesto abogados pese a su oposición. Apelación reconoció que la salud podía justificar restricciones a la autodefensa, pero exigió que fueran proporcionadas y limitadas a lo necesario para que el juicio avanzara.
El nuevo régimen debía partir de que Milošević dirigiera su defensa cuando estuviera físicamente capacitado. Eso comprendía elegir testigos, interrogarlos antes que los abogados asignados, presentar solicitudes, formular el alegato final y adoptar decisiones estratégicas básicas. Si reaparecían dificultades graves de salud, los letrados permitirían continuar las actuaciones conforme a lo que ordenara la Sala.
La resolución no concedía un derecho ilimitado a paralizar el proceso ni eliminaba a los abogados. Corregía el reparto de funciones entre acusado y defensa técnica. Es una decisión procesal sobre garantías y conducción del juicio, no una sentencia sobre la culpabilidad por los cargos de Kosovo, Croacia o Bosnia.
