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En diciembre de 2003, dos iniciativas de la Asamblea de Kosovo pusieron de manifiesto los límites entre las instituciones provisionales y la administración internacional de UNMIK. Una trataba de la legislación serbia y yugoslava; la otra, de la participación en las elecciones parlamentarias serbias del 28 de diciembre. Aprobar una declaración no significó que sus pretensiones adquirieran efecto jurídico.

La crónica de la OSCE sitúa el 11 de diciembre la decisión de dejar sin efecto leyes y otros actos serbios y yugoslavos posteriores al 22 de marzo de 1989. UNMIK respondió el mismo día que la medida excedía las competencias de la Asamblea y carecía de validez y efecto. Esta respuesta también aparece en el párrafo 9 del informe de la ONU S/2004/71.
El 22 de diciembre, la Asamblea rechazó la celebración de las elecciones serbias en Kosovo y pidió a UNMIK que las impidiera. Los representantes de la Coalición Retorno abandonaron la sesión cuando el asunto entró en el orden del día. La administración internacional rechazó la declaración y defendió que los electores pudieran ejercer los derechos democráticos que les correspondían.
El informe de la ONU señala que las elecciones serbias se celebraron en Kosovo sin incidentes. Por tanto, no resulta correcto convertir la declaración parlamentaria en una prohibición efectivamente aplicada al voto, del mismo modo que la iniciativa sobre la legislación no demuestra una derogación válida de todas esas normas.
Los dos episodios permiten estudiar la distribución de autoridad durante la administración internacional. La fecha de esta entrada corresponde a la jornada electoral que cerró la segunda controversia. Las fuentes consultadas son crónicas institucionales posteriores; para un examen jurídico exhaustivo habría que añadir los actos originales y el marco normativo aplicable, sin sustituirlos por las posiciones políticas expresadas en el debate.
