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El 22 de julio de 2010, la Corte Internacional de Justicia concluyó que la declaración de independencia de Kosovo de 17 de febrero de 2008 no había vulnerado el derecho internacional aplicable. Respondía a una solicitud de opinión consultiva de la Asamblea General de Naciones Unidas.

La pregunta se refería al acto de adoptar la declaración. La Corte no debía decidir si existía un derecho general de secesión, si Kosovo reunía todos los requisitos de un Estado o qué efectos tenían los reconocimientos de otros países. Este alcance limitado es esencial para interpretar el pronunciamiento.
La Corte examinó también la resolución 1244 y el marco constitucional provisional. Consideró que los autores de la declaración habían actuado como representantes del pueblo de Kosovo fuera del marco de las instituciones provisionales. Sobre esa base concluyó que la declaración no infringía las normas examinadas.
El dictamen es distinto de una decisión política de reconocimiento y de una resolución sobre admisión en Naciones Unidas. Las opiniones individuales de los jueces y las reacciones de los gobiernos tampoco deben confundirse con la conclusión adoptada por la mayoría.
En el archivo de Yugopedia, esta entrada se relaciona con las audiencias de diciembre de 2009 y con la respuesta posterior de la Asamblea General. Mantener separados esos documentos ayuda a seguir la secuencia diplomática y a comprobar qué pregunta responde cada uno.
