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El 6 de julio de 2000, el Tribunal de Apelación de Ámsterdam confirmó la denegación de las medidas solicitadas por 29 demandantes yugoslavos contra responsables del Gobierno neerlandés por la participación en los bombardeos de 1999. La resolución oficial permite distinguir el resultado judicial de las interpretaciones difundidas por los promotores del caso.

Los demandantes reclamaban indemnización provisional y medidas para impedir la continuación o reanudación de los ataques sin mandato expreso del Consejo de Seguridad. El tribunal señaló que la campaña había terminado y que no se había acreditado una amenaza concreta de nuevas acciones que justificara la prohibición solicitada.
Respecto de la indemnización, examinó la urgencia, el daño individual alegado y las condiciones de responsabilidad personal de los ministros. También discutió el problema del mandato y los argumentos sobre intervención humanitaria, pero consideró insuficiente el debate fáctico y jurídico del procedimiento sumario para asumir la ilegalidad de la participación neerlandesa.
No fue una condena de los ministros ni una resolución definitiva de toda la controversia sobre la guerra. La sentencia, identificada como ECLI:NL:GHAMS:2000:AO0070, debe leerse atendiendo a las pretensiones concretas y a los límites del proceso cautelar. Las cuestiones generales de derecho internacional no sustituyen la prueba exigida para una reclamación individual.
