Sobre el “Principio de Libre Determinación de los Pueblos”
Leer también "Kosovo: Realismo y legitimidad"Parece que la declaración de independencia de Kosovo es algo inminente. Resulta de suma importancia aclarar la idea de “Principio de Libre Determinación de los Pueblos” que recoge la Carta de las Naciones Unidas. Para ello se realizará un análisis desde sus antecedentes, de su formulación y de su desarrollo para concluir trasladándolo al caso de Kosovo.
Carlos Villota
15.2.2008.
Al contrario que Derecho Internacional (D.I.) Clásico, que era de corte liberal y donde los diferentes Estados eran los únicos actores, el D.I. Contemporáneo (aquel que nace en 1945) pretende ser de corte humanista y social, pues aspira a alcanzar un desarrollo integral de los individuos y los pueblos. Por consiguiente, para el D.I. Contemporáneo los pueblos son titulares de derechos como: derecho a expresar su voluntad mediante elecciones , derecho a la supervivencia como grupo social , derecho de soberanía sobre sus riquezas y recursos naturales , derechos sobre el espacio marítimo , derecho a beneficiarse de las normas del “Ius in Bello” (Derecho en la guerra) y derecho Libre Determinación.
El antecedente del Derecho de Libre Determinación de los Pueblo se encuentra a finales del Siglo XIX y a principios del Siglo XX cuando Manzini habla del “Principio de las Nacionalidades”. Algo de ámbito exclusivamente europeo y de influencia notable en las reunificaciones de Italia y Alemania.
Tras la Primara Guerra Mundial el Presidente estadounidense Wilson lanza el concepto de “Autodeterminación” orientándolo hacia la descolonización. Este nuevo concepto estaba basado en la propia historia de los EEUU y pretende concretar el “Principio de las Nacionalidades”. La “Autodeterminación” esta presente en el Tratado de Versalles (1919) y en la Sociedad de Naciones y legitima el llamado “Régimen de Mandatos” por el cual potencias vencedoras administran territorios de los vencidos preparándoles para la independencia.
Al concluir la Segunda Guerra Mundial el debate sigue girando entorno al colonialismo. Los “aliados” se encuentran divididos ante esta idea. Por un lado, los EEUU y la URSS, por interés e ideología, estaban en contra del colonialismo. Por otro, Reino Unido, Francia, Bélgica y Holanda seguían teniendo claros intereses coloniales. Se alcanzó un compromiso común en la Carta de las Naciones Unidas (1945). La carta habla del “Derecho de Libre Determinación de los Pueblos”, pero en ella se estipulan dos regimenes distintos de administración colonial: El “Régimen de Territorios no Autónomos” para las colonias de los vencedores y el “Régimen de Administración Fiduciaria” para las colonias de los vencidos.
Más adelante, la ONU dinamiza su postura anticolonial con dos resoluciones: - La Resolución de la Asamblea General 1514 o “Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Pueblos Coloniales”, donde aparece por primera vez como un derecho la Libre Determinación de los Pueblos sin diferenciarlos. - La Resolución de la Asamblea General 2625, donde se desarrolla el Derecho de Libre Determinación de los Pueblos. En ambas resoluciones el Derecho de Libre Determinación de los Pueblos se enmarca en el respeto a la unidad nacional y a la integridad territorial de los Estados.
La eficacia de la ONU y sus resoluciones contra el colonialismo ha sido total. Pero ha suscitado un problema al surgir la cuestión de si el derecho de sucesión es un derecho ilimitado por el contrario es limitado. De ser ilimitado, daría lugar a un “tribalismo postmoderno” y en consecuencia a la inestabilidad de las Relaciones Internacionales. Por lo que este derecho siempre debe respetar la unidad nacional y la integridad territorial de los Estados.
En conclusión el Derecho de Libre Determinación de los Pueblos fue creado para dar respuesta al problema colonial. Solo existirían dos posibilidades de aplicarlo : Que el pueblo en el pasado hubiese sido un Estado independiente (No es el caso de Kosovo), y que el Estado estuviera formado por dos o más pueblos donde el sistema político fuese dictatorial (Tampoco es el caso de Serbia al ser esta una democracia). De producirse la declaración de independencia unilateral de Kosovo sería una ilegalidad y una violación del D.I. Los actores internacionales, ya sean estos otros Estados, organizaciones internacionales, pueblos, o individuos, que reconozcan a Kosovo como nuevo Estado serán cómplices de esta ilegalidad y cómplices de la violación.